La fianza en un préstamo o crédito hipotecario es una forma de garantizar el pago del préstamo en caso de que el deudor principal no lo haga.

El fiador se compromete, mediante escritura, a cumplir con las obligaciones del deudor principal en caso de que éste incumpla.

Esta cláusula puede resultar, abusiva, cuando en la escritura de préstamo se hace constar que el fiador “renuncia a los beneficios de orden, división y excusión”.

La renuncia provoca el banco pueda ir de forma indistinta contra el deudor principal o el fiador.

Cuando la cláusula de afianzamiento ha sido incluida de forma unilateral por la entidad financiera y sin una correcta información, la nulidad de la cláusula puede ser reclamada ante los tribunales españoles.

Esta reclamación puede hacerse mediante una demanda que interpone el fiador o también se puede alegar en fase de ejecución hipotecaria.

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