Desde la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, el legislador ha querido dar respuesta a la lacra que supone el Maltrato y la Violencia contra las mujeres.
En Abogados Hernáez venimos prestando asistencia a las víctimas de maltrato desde la promulgación de la Ley.
Asesoramos a las víctimas de violencia de género desde el preciso momento en que contactan con nosotros, acompañando a presentar la denuncia ante la Policía o el Juzgado.
Las mujeres maltratadas tienen derecho a solicitar una orden de protección integral que contempla medidas tanto penales (alejamiento, prohibición de comunicación….) como civiles (guarda y custodia de hijos, alimentos, uso domicilio etc…).
Además de solicitar las medidas que sean preceptivas en cada caso, ejercemos la acusación particular, y nos encargamos de presentar la demanda civil, cuando sea necesario para que las medidas civiles acordadas por el Juzgado de Violencia de forma urgente, no pierdan su vigencia y eficacia.
Como quiera que la Constitución Española reconoce la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, función encomendada a los abogados, en nuestro desempeño profesional también nos hecemos cargo de la defensa de los denunciados por maltrato….